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Después de la Batalla de Chacabuco (1817) gobernaba Bernardo O’Higgins. Para asegurar su mandato, reunió a siete hombres que formaron una comisión y escribieron una Constitución Provisoria. Ahí se determinó que la nación de Chile puede establecer su gobierno y dictar sus propias leyes, y se reconoció oficialmente la separación de los tres poderes: el poder Ejecutivo (Director Supremo), el poder Legislativo (Senado) y el poder Judicial (Supremo Tribunal), muy similar a lo que hay en Chile actualmente. Esa Constitución fue aprobada en un plebiscito en 1818, pero votaron sólo personas que vivían entre Copiapó y Cauquenes. La carta constitucional reglamentaba en su título los derechos y deberes del hombre en sociedad, la libertad, igualdad y derecho de propiedad, consagraba los principios sociales avanzados para la época desde el punto de vista político. Se consagra expresamente el principio de la soberanía nacional y del régimen representativo.